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Los vehículos del Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez consumen mensualmente 70 litros de gasolina más que la cantidad de combustible que consumían individualmente en 2006. De acuerdo a la respuesta otorgada a la solicitud de información vía Infomex con folio número 00241711, el promedio de consumo de gasolina por vehículo en este 2011 es de 415.52 litros por mes, lo que represente un 20 por ciento más del consumo del 2006, que era de 345.56 litros al mes.
Mientras el consumo de gasolina se incrementó en un 20.24 por ciento, el monto pagado por el Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez pasó de ser en el 2006 de 377 mil 313.96 pesos por mes, a 743 mil 266.62 pesos, lo que representa un incremento en el costo del 96.98 por ciento. El precio promedio que el Ayuntamiento soledense pagó por litro de gasolina pasó de 6.74 pesos en 2006 a 9.08 pesos en 2011.
Con un aumento del 21.6 por ciento en su parque vehicular, el Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez incrementó el consumo de combustible en un 46.22 por ciento, lo que muestra que en promedio, el rendimiento del parque vehicular disminuyó considerablemente.
Entre las 25 respuestas entregadas vía Infomex este lunes 15, se dan dos casos que muestran la existencia de problemas en la operación del sistema:
Con el folio 00271311, el Poder Judicial del Estado recibió una petición en la que en el cuadro de texto aparece simplemente “solicitud de prueba”. Este mismo día, el PJE responde a la solicitud con una sola palabra en el cuadro de respuesta: “Respuesta”, y un archivo adjunto que es una hoja en blanco con la palabra “prueba”.
El otro caso corresponde al folio 00222911, que ingresó el 14 de julio. Un mes después aparece la respuesta, aunque con el espacio de respuesta vacío y sin documento adjunto. La respuesta está clasificada como Información disponible. Aunque bien podría tratarse de un error del ente obligado, existe el antecedente de otros casos en los que aparece la respuesta vacía sin que los entes obligados hayan realizado acción en ese sentido.
El Ayuntamiento de Ciudad Valles sorprendió este 15 de agosto con dos respuestas en los mismos términos: A continuación le informo que su solicitud se declara Improcedente ya que en base al Art. 68 Fracción I de la Ley de Transparencia del estado su solicitud deberá contener. Nombre completo, domicilio u otro medio para recibir la información y notificaciones. Por lo que le hago la invitación a realizar nuevamente su solicitud a través de este Sistema incluyendo su Datos personales completos.
Una de las virtudes del sistema Infomex, que representa una ventaja que facilita el acceso a la información pública, es que los usuarios se dan de alta en el sistema y obtienen un nombre de usuario y contraseña que los identifica. Los entes obligados conocen el nombre que el usuario haya adoptado para su solicitud, dado que el medio para recibir la información y notificaciones es el propio sistema, por lo que la respuesta que da el Ayuntamiento de Ciudad Valles va en contra de lo que el propio Infomex representa de ventajas para ejercer el derecho de acceso a la información pública.
Para consultar las respuestas otorgadas a través de Infomex este 15 de agosto, de clic AQUÍ
Mientras el consumo de gasolina se incrementó en un 20.24 por ciento, el monto pagado por el Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez pasó de ser en el 2006 de 377 mil 313.96 pesos por mes, a 743 mil 266.62 pesos, lo que representa un incremento en el costo del 96.98 por ciento. El precio promedio que el Ayuntamiento soledense pagó por litro de gasolina pasó de 6.74 pesos en 2006 a 9.08 pesos en 2011.
Con un aumento del 21.6 por ciento en su parque vehicular, el Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez incrementó el consumo de combustible en un 46.22 por ciento, lo que muestra que en promedio, el rendimiento del parque vehicular disminuyó considerablemente.
Entre las 25 respuestas entregadas vía Infomex este lunes 15, se dan dos casos que muestran la existencia de problemas en la operación del sistema:
Con el folio 00271311, el Poder Judicial del Estado recibió una petición en la que en el cuadro de texto aparece simplemente “solicitud de prueba”. Este mismo día, el PJE responde a la solicitud con una sola palabra en el cuadro de respuesta: “Respuesta”, y un archivo adjunto que es una hoja en blanco con la palabra “prueba”.
El otro caso corresponde al folio 00222911, que ingresó el 14 de julio. Un mes después aparece la respuesta, aunque con el espacio de respuesta vacío y sin documento adjunto. La respuesta está clasificada como Información disponible. Aunque bien podría tratarse de un error del ente obligado, existe el antecedente de otros casos en los que aparece la respuesta vacía sin que los entes obligados hayan realizado acción en ese sentido.
El Ayuntamiento de Ciudad Valles sorprendió este 15 de agosto con dos respuestas en los mismos términos: A continuación le informo que su solicitud se declara Improcedente ya que en base al Art. 68 Fracción I de la Ley de Transparencia del estado su solicitud deberá contener. Nombre completo, domicilio u otro medio para recibir la información y notificaciones. Por lo que le hago la invitación a realizar nuevamente su solicitud a través de este Sistema incluyendo su Datos personales completos.
Una de las virtudes del sistema Infomex, que representa una ventaja que facilita el acceso a la información pública, es que los usuarios se dan de alta en el sistema y obtienen un nombre de usuario y contraseña que los identifica. Los entes obligados conocen el nombre que el usuario haya adoptado para su solicitud, dado que el medio para recibir la información y notificaciones es el propio sistema, por lo que la respuesta que da el Ayuntamiento de Ciudad Valles va en contra de lo que el propio Infomex representa de ventajas para ejercer el derecho de acceso a la información pública.
Para consultar las respuestas otorgadas a través de Infomex este 15 de agosto, de clic AQUÍ